Ayudas para minimizar el impacto de la crisis en pymes y profesionales de Onil
miércoles, 22 de noviembre de 2023
Beneficiarios y requisitos
1. Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas que, siendo persona autónoma, profesional, microempresa o PYME de las definidas conforme al Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014, lleve a cabo las actividades profesionales, empresariales o comerciales en el ámbito territorial del municipio de Onil que motiven la concesión de la presente ayuda, y que cumplan los siguientes requisitos:
a. Que la media de rendimientos netos por los que se vaya a solicitar la ayuda, comprendidos entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023, sea igual o inferior a la media de los rendimientos netos obtenidos en los mismos meses durante la anualidad de 2021. Este requisito se justificará al ayuntamiento mediante declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada junto con la documentación requerida.
b. Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como que no tenga deuda pendiente con el Ayuntamiento de Onil.
c. Que el domicilio fiscal y, en su caso, el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Onil. En caso de tener el domicilio fiscal en Onil pero ejercer el desarrollo de la actividad en otro término municipal se deberá presentar un certificado del término municipal donde desarrolle la actividad, en el que se acredite que no se ha obtenido dicha ayuda en dicho término municipal.
d. Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
22/11/2023 10:04 | AdmonAlcoi