Recupera el 60% de tus gastos en I+D+i
Escrito por Víctor Gisbert, miembro de la consultoría Esfera de Negocios
Publicado por anarubio
jueves, 07 de julio de 2011 a las 13:17
La deducción fiscal por I+D+i es, sin duda, una de las herramientas más atractivas para la empresa, ya que ésta puede llegar a deducirse hasta el 42% de las inversiones y gastos asociados al proyecto empresarial, si las actividades se catalogan como Investigación y/o Desarrollo y un 8% en el caso de que se considere Innovación Tecnológica (la Ley de Economía Sostenible aumenta la deducción por innovación tecnológica del 8% al 12%). Asimismo, existe una deducción adicional del 17% por el personal dedicado en exclusiva al proyecto (sueldo + SS). Es decir, al final del proceso las empresas que hacen I+D+i pueden llegar a aplicarse deducciones que alcanzan hasta el 60%.
Según los datos de la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial (MICINN), la emisión de Informes Motivados ha evolucionado y sigue haciéndolo básicamente por dos factores clave: la garantía que ofrece el proceso (los Informes Motivados son 100% vinculantes con Hacienda) y el abanico tan amplio de gastos que abarca: personal asociado al proyecto, materias primas, prototipos y pruebas, asesoramiento y colaboraciones, etc.
El sistema de incentivos fiscales español es uno de los más beneficiosos de los países miembros de la OCDE y ofrece total seguridad. El RD 1432/2003 establece el proceso para conseguir el Informe Motivado y aplicar la deducción con total confianza. La difusión de esta herramienta en el tejido empresarial ha comportado un crecimiento sostenido en el número de proyectos presentados, ya que desde su entrada en vigor en 2003 hasta el 2009 se ha registrado un crecimiento del 842%. Asimismo, es muy importante destacar que si la empresa se aplica las deducciones fiscales directamente sin el Informe Motivado se expone, en un porcentaje muy elevado de probabilidad, a una posible inspección de Hacienda.
¿Qué ventajas aportan estas ayudas?
• Son compatibles con cualquier otra ayuda que tenga la empresa.
• La deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i desarrolladas.
• Ofrecen garantía fiscal y jurídica.
• La deducción se puede aplicar hasta en 15 años.
• Permiten a la empresa lograr una bolsa de deducciones importantes para sufragar otros proyectos empresariales.
• Cambio de cultura. Está demostrado que las empresas que adquieren este tipo de ayudas aprenden a identificar proyectos de I+D+i, organizan mejor los proyectos que realizan y en general orientan su cultura hacia la innovaicón.
• Multiobjetivo y plurianuales. Esta herramienta de financiación apoya proyectos que tengan una duración plurianual y proyectos con más de un objetivo de mejora (producto, proceso, comercialización, etc)
• No tributan.
• Arma comercial/ imagen. Las empresas obtienen un certificado que indica que hacen actividades de I+D+i.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Este tipo de ayudas están dirigidas a todas aquellas empresas, indiferentemente del sector y del tamaño, que realicen actividades de I+D+i. Según los datos del MICINN en 2009 el 45% de las empresas que solicitaron el Informe Motivado para aplicarse las deducciones fiscales fueron pymes, mientras que el 55% fueron grandes empresas.
VÍCTOR GISBERT
Víctor Gisbert es miembro de la consultoría Esfera de Negocios, Evaluador de proyectos de I+D+i según R.D. 1432/2003 y consultor homologado por el Consejo Superior de Cámaras para realizar planes de apoyo a la innovación. A su vez, es Doctor Ingeniero Industrial y profesor de la Universidad Politécnica de Valencia.
Esfera de Negocios es una consultoría especializada en la realización de proyectos de consultoría técnica y avanzada, con más de 15 años de experiencia. Entre sus diferentes actividades cabe destacar su especialización en la realización de proyectos para lograr deducciones fiscales por I+D+i, siendo una de las consultorías líderes en la gestión de estas ayudas.
07/07/2011 13:17 | anarubio